Alquiler de vehículos de trabajo: Qué permiso de conducir necesitas para cada categoría

Puede sucederte que, para un trabajo puntual, necesites un vehículo que no utilizas habitualmente, con toda probabilidad de mayor tamaño y capacidad. Si eres atrevido y te lanzas a conducirlo tú mismo, es muy importante que te asegures de tener el permiso necesario para hacerlo. Esto se aplica también, por supuesto, cuando de alquiler de vehículos industriales o de trabajo se trata. Hoy te recordamos qué clase de permiso de conducir necesitas para cada uno de ellos. ¡Vamos allá!

1. Para el alquiler de motos

Por lo que al alquiler de motos respecta, para conducir uno de estos vehículos sobre dos ruedas el permiso básico es el AM (para ciclomotores de dos y tres ruedas, así como cuatriciclos ligeros). Sucesivamente están los permisos A1, A2 y A. Este último abarca ya motos de todo tipo y tamaño. La edad mínima para obtenerlo son veinte años. Veintiuno en el caso de los triciclos de más de 15 kW.

2. El permiso tipo B para coches

El permiso más extendido es el tipo B, cuya obtención nos posibilita conducir automóviles cuya Masa Máxima Autorizada (MMA) no sobrepase los 3.500 kilos y que estén habilitados para el transporte de ocho pasajeros a lo sumo más el conductor. Este carné, que puede obtenerse a partir de los 18 años, nos habilita también para conducir triciclos y cuatriciclos de motor. El MMA máximo es un detalle al que debes prestar especial atención a la hora de llevar a cabo el alquiler de furgones u otros vehículos que puedan sobrepasar los límites para los que estás autorizado.

3. Tipo C: Al alquilar camiones

La categoría C engloba la conducción de camiones. El C1 autoriza para conducir vehículos de MMA superior a 3.500 kilos, pero sin sobrepasar los 7.500. El C, por su parte, ya no presenta esta limitación. Ambos permisos pueden obtenerse desde los 18 años. Por su parte el C1+E es válido para manejar conjuntos de vehículos acoplados (cabeza tractora más remolque o semirremolque) si la MMA del conjunto no supera los 12.000 kilos. Por último, el C+E autoriza a conducir conjuntos de vehículos de las mismas características, pero ya sin limitación de Masa Máxima Autorizada.

4. ¿Quién puede conducir autobuses?

Aunque hay otros tipos de permisos como la licencia LCM para vehículos de movilidad reducida o la LVA para vehículos agrícolas, vamos a resaltar por último la Categoría D, que habilita para la conducción de autobuses. En esta clase podemos encontrar el D1 (Máximo de 16 pasajeros más el conductor y longitud del vehículo no superior a ocho metros) y el D, que ya carece de limitaciones.

Esperamos haber clarificado las dudas que puedas tener sobre las compatibilidades entre vehículos y permisos de conducir. Ahora, cuando te plantees el alquiler de furgonetas u otros vehículos con fines de trabajo o incluso ocio, ya sabes de qué permiso debes disponer para poderlos conducir.


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